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+Artículo 2 16) |
Artículo 2 16)«día hábil»: un día hábil de acuerdo con la definición del artículo 2, apartado 1, punto 14, del Reglamento (UE) n.o 909/2014; 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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