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+Artículo 12 1. |
Artículo 12 1.Las normas sobre valoración de activos se establecerán en el reglamento o los documentos constitutivos de los fondos de emprendimiento social europeos admisibles y garantizarán un procedimiento de valoración sólido y transparente.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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