+Artículo 2 3.

Artículo 2 3.

Los factores de homogeneidad para el tipo de activo a que se refiere el artículo 1, letra a), inciso iv), serán los siguientes:

a) 

el tipo de deudor, de tal forma que el conjunto esté formado exclusivamente por uno de los siguientes tipos de deudores:

i) 

microempresas y pequeñas y medianas empresas;

ii) 

otros tipos de empresas y sociedades;

b) 

el país o territorio, de tal forma que el conjunto esté formado exclusivamente por uno de los siguientes tipos de exposiciones subyacentes:

i) 

exposiciones garantizadas por bienes inmuebles situados en el mismo país o territorio;

ii) 

exposiciones frente a deudores con residencia en el mismo país o territorio.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito