+Artículo 2 6.

Artículo 2 6.

Los factores de homogeneidad para el tipo de activo a que se refiere el artículo 1, letra a), inciso viii), serán cualesquiera de los siguientes:

a) 

el tipo de deudor;

b) 

el rango de los derechos reales de garantía;

c) 

el tipo de bien inmueble;

d) 

el país o territorio.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito