+Artículo 8 Organismos

Artículo 8 Organismos

Artículo 8

Organismos

La presente Directiva no se aplicará a los siguientes organismos que ejercen actividades de seguro distinto del seguro de vida, salvo modificación de sus estatutos o de la ley aplicable en lo que se refiere a la competencia:

1) 

en Dinamarca, a Falck Danmark;

2) 

en Alemania, a los organismos semipúblicos siguientes:

a) 

Postbeamtenkrankenkasse;

b) 

Krankenversorgung der Bundesbahnbeamten;

3) 

en Irlanda, al Voluntary Health Insurance Board;

4) 

en España, al Consorcio de Compensación de Seguros.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito