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+Artículo 12 1. |
Artículo 12 1.Las empresas de reaseguros que a 10 de diciembre de 2007 hayan cesado de celebrar nuevos contratos de reaseguro y gestionen exclusivamente su cartera de contratos existente para poner fin a sus actividades no estarán sujetas a la presente Directiva.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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