Artículo 25 bis
Notificación y publicación de autorizaciones y revocación de las mismas
Toda autorización o revocación será notificada a la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación — AESPJ), creada por el Reglamento (UE) no 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo (
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). La denominación de cada empresa de seguros o de reaseguros a la que se haya concedido autorización se consignará en una lista. La AESPJ publicará dicha lista en su sitio web y la mantendrá actualizada.