+Artículo 31 4.
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Artículo 31 4.
Sin perjuicio de los artículos 35, 51, 254, apartado 2, y 256, la Comisión adoptará, de conformidad con el artículo 301 bis actos delegados en relación con el apartado 2 del presente artículo en los que se especifiquen los aspectos fundamentales con respecto a los cuales se divulgarán datos estadísticos agregados, así como el contenido y la fecha de publicación de la información.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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