Artículo 58 9.
A fin de garantizar condiciones uniformes de aplicación de la presente Directiva, la AESPJ podrá elaborar proyectos de normas técnicas de ejecución en relación con los procedimientos, formularios y plantillas para el proceso de consulta entre las autoridades competentes pertinentes a que se refiere el artículo 60. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero con arreglo al artículo 15 del Reglamento (UE) no 1094/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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