Artículo 77sexies 2.
A fin de garantizar condiciones uniformes en el cálculo de las provisiones técnicas y los fondos propios básicos, la Comisión podrá adoptar actos de ejecución que establezcan para cada moneda pertinente la información técnica contemplada en el apartado 1. Dichos actos de ejecución utilizarán esa información. Esos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento consultivo contemplado en el artículo 301, apartado 2. Por razones imperiosas de urgencia debidamente justificadas relativas a la disponibilidad de la estructura temporal pertinente de tipos de interés sin riesgo, la Comisión adoptará actos de ejecución inmediatamente aplicables de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 301, apartado 3.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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