+Artículo 82 Calidad de los datos y aplicación de aproximaciones, incluidos enfoques caso por caso, a las provisiones técnicas

Artículo 82 Calidad de los datos y aplicación de aproximaciones, incluidos enfoques caso por caso, a las provisiones técnicas

Artículo 82

Calidad de los datos y aplicación de aproximaciones, incluidos enfoques caso por caso, a las provisiones técnicas

Los Estados miembros velarán por que las empresas de seguros y de reaseguros dispongan de procesos y procedimientos internos para garantizar la adecuación, integridad y exactitud de los datos utilizados en el cálculo de las provisiones técnicas.

Cuando, en circunstancias específicas, las empresas de seguros y de reaseguros no dispongan de suficientes datos de una calidad adecuada para aplicar un método actuarial fiable a un conjunto o a un subconjunto de sus obligaciones de seguro y de reaseguro, o a los importes recuperables procedentes de los contratos de reaseguro y de entidades con cometido especial, podrán utilizarse aproximaciones, incluidos enfoques caso por caso, para el cálculo de la mejor estimación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito