Artículo 86 3.
A fin de garantizar condiciones coherentes de aplicación del artículo 77 ter, la AESPJ elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución en los que se fijen los procedimientos para la aprobación de la aplicación de un ajuste por casamiento al que se refiere el artículo 77 ter, apartado 1. La AESPJ presentará dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a la Comisión a más tardar el 31 de octubre de 2014. Se confieren a la Comisión competencias para adoptar dichas normas técnicas de ejecución de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1094/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|