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+Artículo 103 Estructura de la fórmula estándar |
Artículo 103 Estructura de la fórmula estándarArtículo 103 Estructura de la fórmula estándar El capital de solvencia obligatorio calculado con arreglo a la fórmula estándar será igual a la suma de lo siguiente:
a)
el capital de solvencia obligatorio básico, conforme al artículo 104;
b)
el capital de solvencia obligatorio por riesgo operacional, conforme al artículo 107;
c)
el importe del ajuste destinado a tener en cuenta la capacidad de absorción de pérdidas de las provisiones técnicas y los impuestos diferidos, conforme al artículo 108. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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