+Artículo 112 5.
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Artículo 112 5.
Las autoridades de supervisión aprobarán la solicitud solo si consideran que los sistemas de que dispone la empresa de seguros o de reaseguros para la identificación, la medida, el seguimiento, la gestión y la comunicación del riesgo son suficientes y, en particular, que el modelo interno cumple los requisitos a que se refiere el apartado 3.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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