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+Artículo 114 2. |
Artículo 114 2.A fin de garantizar condiciones de aplicación uniformes del presente artículo, la AESPJ elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución que fijen los procedimientos para:
a)
la aprobación de un modelo interno de conformidad con el artículo 112, y
b)
la aprobación de modificaciones de mayor entidad de un modelo interno y los cambios de la política de modificación de modelos internos a que se refiere el artículo 115. La AESPJ presentará dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a la Comisión a más tardar el 31 de octubre de 2014. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1094/2010. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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