+Artículo 114 Actos de delegados y normas técnicas de ejecución para los modelos internos relativos al capital de solvencia obligatorio
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Artículo 114 Actos de delegados y normas técnicas de ejecución para los modelos internos relativos al capital de solvencia obligatorio
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 114 1.
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La Comisión adoptará, de conformidad con el artículo 301 bis, actos delegados en los que se establecerá lo siguiente:
a)
las adaptaciones que deben introducirse en las normas establecidas en los artículos 120 a 125 atendiendo al ámbito limitado de aplicación del modelo interno parcial;
b)
la forma en que un modelo interno parcial se integrará por completo en la fórmula estándar del capital de solvencia obligatorio a que se refiere el artículo 113, apartado 1, letra c), y los requisitos para el uso de técnicas alternativas de integración.
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Artículo 114 2.
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A fin de garantizar condiciones de aplicación uniformes del presente artículo, la AESPJ elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución que fijen los procedimientos para:
a)
la aprobación de un modelo interno de conformidad con el artículo 112, y
b)
la aprobación de modificaciones de mayor entidad de un modelo interno y los cambios de la política de modificación de modelos internos a que se refiere el artículo 115.
La AESPJ presentará dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a la Comisión a más tardar el 31 de octubre de 2014. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1094/2010.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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