+Artículo 126 Modelos y datos externos

Artículo 126 Modelos y datos externos

Artículo 126

Modelos y datos externos

La aplicación de un modelo o de datos obtenidos de terceros no podrá eximir del cumplimiento de los requisitos que sobre el modelo interno establecen los artículos 120 a 125.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito