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+Artículo 218 4. |
Artículo 218 4.Los requisitos a que se refieren los apartados 2 y 3 estarán sujetos a revisión por el supervisor de grupo, de conformidad con lo previsto en el capítulo III. El artículo 136 y el artículo 138, apartados 1 a 4, se aplicarán mutatis mutandis.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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