+Artículo 231 5.

Artículo 231 5.

Cuando las autoridades de supervisión afectadas hayan adoptado la decisión conjunta a que se refiere el apartado 2, el supervisor de grupo proporcionará al solicitante un documento que contenga todos los motivos al respecto.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito