+Artículo 237 2.

Artículo 237 2.

Las autoridades de supervisión afectadas harán cuanto de ellas dependa para adoptar una decisión conjunta sobre la solicitud en un plazo no superior a tres meses a contar desde la fecha en que todas las autoridades de supervisión en el colegio de supervisores hayan recibido la solicitud completa.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito