+Artículo 237 2.
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Artículo 237 2.
Las autoridades de supervisión afectadas harán cuanto de ellas dependa para adoptar una decisión conjunta sobre la solicitud en un plazo no superior a tres meses a contar desde la fecha en que todas las autoridades de supervisión en el colegio de supervisores hayan recibido la solicitud completa.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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