+Artículo 256 1.
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Artículo 256 1.
Los Estados miembros exigirán a las empresas de seguros y de reaseguros participantes, a las sociedades de cartera de seguros y a las sociedades financieras mixtas de cartera que publiquen anualmente un informe sobre la situación financiera y de solvencia a nivel de grupo. Los artículos 51, 53, 54 y 55 se aplicarán mutatis mutandis.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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