+Artículo 301ter 3.

Artículo 301ter 3.

La AESPJ podrá presentar, a más tardar el 24 de mayo de 2016, proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión para ajustar a la evolución técnica de los mercados financieros los actos delegados previstos en los artículos 17, 31, 35, 37, 50, 56, 75, 86, 92, 97, 99, 109 bis, 111, 114, 127, 130, 135, 143, 172, 210, 211, 216, 217, 227, 234, 241, 244, 245, 247, 248, 256, 258, 260 y 308 ter.

Dichos proyectos de normas técnicas de regulación se limitarán a los aspectos técnicos de los actos delegados mencionados en el párrafo primero, de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1094/2010.

Se delegan en la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1094/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito