+Artículo 308bis 4.
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Artículo 308bis 4.
Los Estados miembros obligarán a las autoridades de supervisión afectadas a examinar las solicitudes presentadas por las empresas de seguros y de reaseguros para obtener una aprobación u autorización de conformidad con los apartados 2 y 3. Las decisiones adoptadas por las autoridades de supervisión sobre las solicitudes de aprobación u autorización no serán aplicables antes del 1 de enero de 2016.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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