+Artículo 308quinquies 3.
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Artículo 308quinquies 3.
Previa aprobación o a instancias de la autoridad de supervisión, los importes de las provisiones técnicas, incluido, en su caso, el importe correspondiente al ajuste por volatilidad, que se empleen para calcular la deducción transitoria mencionada en el apartado 2, letras a) y b), podrán recalcularse cada veinticuatro meses, o con mayor frecuencia cuando haya variado materialmente el perfil de riesgo de la empresa.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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