+Artículo 40 2.
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Artículo 40 2.
En los planes de pensiones en los que los partícipes asuman el riesgo de inversión y la opción de inversión venga impuesta al partícipe por una norma determinada que se especifique en el plan de pensiones, la declaración de las prestaciones de pensión indicará dónde puede encontrarse la información adicional.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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