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+Artículo 47 2. |
Artículo 47 2.Los Estados miembros velarán por que la supervisión siga un enfoque orientado al futuro y basado en el riesgo.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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