+Artículo 60 3.

Artículo 60 3.

Las autoridades competentes de los Estados miembros cooperarán con la AESPJ a efectos de la presente Directiva, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y facilitarán sin demora a la AESPJ toda la información necesaria para llevar a cabo sus tareas de conformidad con la presente Directiva y el Reglamento (UE) n.o 1094/2010, de conformidad con el artículo 35 de dicho Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito