+Artículo 60 3.
|
Artículo 60 3.
Las autoridades competentes de los Estados miembros cooperarán con la AESPJ a efectos de la presente Directiva, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y facilitarán sin demora a la AESPJ toda la información necesaria para llevar a cabo sus tareas de conformidad con la presente Directiva y el Reglamento (UE) n.o 1094/2010, de conformidad con el artículo 35 de dicho Reglamento.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|