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+Artículo 8 4. |
Artículo 8 4.En el plazo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la notificación sobre la baja del PEPP a que se refiere el apartado 3, incluida la fecha de la baja, las autoridades competentes informarán de ello al promotor de PEPP.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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