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+Artículo 3 1. |
Artículo 3 1.Las entidades financieras usarán las plantillas que figuran en los anexos I a IV para mantener y actualizar el registro de información de conformidad con el artículo 28, apartado 3, del Reglamento (UE) 2022/2554, a nivel de entidad o a nivel subconsolidado y consolidado.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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