+Artículo 17 1.

Artículo 17 1.

Los ahorradores en PEPP tendrán derecho a utilizar un servicio de portabilidad que les dé derecho a seguir contribuyendo en su cuenta de PEPP existente cuando cambien de residencia al trasladarse a otro Estado miembro.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito