+Artículo 18 2.

Artículo 18 2.

Al proponer un PEPP, su promotor o distribuidor facilitará a los posibles ahorradores en el PEPP información sobre el servicio de portabilidad y las subcuentas nacionales que estén disponibles inmediatamente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito