+Artículo 30 1.
|
Artículo 30 1.
El promotor del PEPP examinará la información contenida en el documento de datos fundamentales del PEPP como mínimo una vez al año y revisará sin demora el documento cuando tal examen indique la necesidad de efectuar modificaciones. La versión revisada estará disponible rápidamente.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|