+Artículo 4 2.

Artículo 4 2.

Las entidades financieras cumplimentarán cada elemento de datos con un valor único. Cuando exista más de un valor válido para un elemento de datos específico, las entidades financieras añadirán una fila adicional para cada uno de los valores válidos en la plantilla correspondiente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito