|
+Artículo 45 2. |
Artículo 45 2.Los gastos y comisiones del PEPP básico no superarán el 1 % del capital acumulado por año.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|