+Artículo 58 1.

Artículo 58 1.

Los promotores de PEPP pondrán a disposición de los ahorradores en PEPP una o más de las siguientes formas de prestaciones:

a) 

renta;

b) 

cantidad fija única;

c) 

retiradas;

d) 

combinaciones de las formas anteriores.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito