+Artículo 59 2.
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Artículo 59 2.
Al recibir la solicitud de un ahorrador en PEPP de modificar su forma de prestaciones, el promotor de PEPP facilitará al ahorrador en PEPP información en un formato claro y comprensible sobre las repercusiones financieras de dicho cambio en el ahorrador en PEPP o el beneficiario de PEPP, en particular en lo que se refiere a cualquier impacto sobre los incentivos nacionales que puedan aplicarse a las subcuentas existentes del PEPP del ahorrador en PEPP.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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