+Artículo 59 Modificaciones de las formas de las prestaciones
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Artículo 59 Modificaciones de las formas de las prestaciones
1. Resumen
| Título |
Regulación |
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Artículo 59 1.
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En caso de que el promotor de PEPP prevea distintas formas de prestaciones, el ahorrador en PEPP podrá modificar la forma de las prestaciones en cada subcuenta abierta:
a)
un año antes del inicio de la fase de disposición;
b)
al inicio de la fase de disposición;
c)
en el momento del cambio de promotor.
La modificación de la forma de las prestaciones será gratuita para los ahorradores en PEPP.
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Artículo 59 2.
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Al recibir la solicitud de un ahorrador en PEPP de modificar su forma de prestaciones, el promotor de PEPP facilitará al ahorrador en PEPP información en un formato claro y comprensible sobre las repercusiones financieras de dicho cambio en el ahorrador en PEPP o el beneficiario de PEPP, en particular en lo que se refiere a cualquier impacto sobre los incentivos nacionales que puedan aplicarse a las subcuentas existentes del PEPP del ahorrador en PEPP.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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