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+Artículo 25 2. |
Artículo 25 2.Toda diferencia que surja a tenor del apartado 1 se añadirá o, en su caso, se deducirá de las reservas consolidadas.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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