+Artículo 14 bis Auditores legales autorizados o reconocidos antes del 1 de enero de 2024 y personas en proceso de autorización para ser auditores legales a 1 de enero de 2024

Artículo 14 bis Auditores legales autorizados o reconocidos antes del 1 de enero de 2024 y personas en proceso de autorización para ser auditores legales a 1 de enero de 2024

Artículo 14 bis

Auditores legales autorizados o reconocidos antes del 1 de enero de 2024 y personas en proceso de autorización para ser auditores legales a 1 de enero de 2024

Los Estados miembros velarán por que los auditores legales autorizados o reconocidos para realizar auditorías legales antes del 1 de enero de 2024 no estén sujetos a los requisitos del artículo 7, apartado 2, el artículo 8, apartado 3, el artículo 10, apartado 1, párrafo segundo, y el artículo 14, apartado 2, párrafo cuarto.

Los Estados miembros velarán por que las personas que el 1 de enero de 2024 estén participando en el proceso de autorización previsto en los artículos 6 a 14 no estén sujetas a los requisitos del artículo 7, apartado 2, el artículo 8, apartado 3, el artículo 10, apartado 1, párrafo segundo, y el artículo 14, apartado 2, párrafo cuarto, siempre que finalicen el proceso antes del 1 de enero de 2026.

Los Estados miembros garantizarán que los auditores legales autorizados antes del 1 de enero de 2026 que deseen realizar la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad adquieran los conocimientos necesarios relativos a la información sobre sostenibilidad y la verificación de dicha información, en particular de los temas enumerados en el artículo 8, apartado 3, mediante la obligación de formación continua contemplada en el artículo 13.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito