+Artículo 16 2.

Artículo 16 2.

Los auditores de terceros países registrados de conformidad con el artículo 45 figurarán claramente en el registro como tales y no como auditores legales.

El registro indicará si los auditores de terceros países a que se refiere el párrafo primero están registrados para realizar la auditoría legal, la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad o ambas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito