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+Artículo 25 quater 1. |
Artículo 25 quater 1.Ni el auditor legal o sociedad de auditoría que realice la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad de una entidad de interés público ni los miembros de la red de la que forme parte el auditor legal o sociedad de auditoría podrán prestar, directa o indirectamente, a la entidad de interés público objeto de la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad a su empresa matriz o a las empresas que controle dentro de la Unión, los servicios prohibidos ajenos a la auditoría mencionados en el artículo 5, apartado 1, párrafo segundo, letras b), c) y e) a k), del Reglamento (UE) n.o 537/2014 durante:
a)
el período comprendido entre el principio del período sujeto a verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad y la emisión del informe de verificación de la presentación de dicha información, y
b)
el ejercicio inmediatamente anterior al período mencionado en la letra a) del presente apartado en relación con los servicios a que se refiere el artículo 5, apartado 1, párrafo segundo, letra e), del Reglamento (UE) n.o 537/2014. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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