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+Artículo 28 bis 2. |
Artículo 28 bis 2.El informe de verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad se presentará por escrito y:
a)
en él se indicará la entidad cuya información anual o consolidada sobre sostenibilidad sea objeto del encargo de verificación; especificará la información anual o consolidada sobre sostenibilidad, así como su fecha y el período que abarca; determinará el marco de presentación de información sobre sostenibilidad que se ha aplicado en su elaboración;
b)
incluirá una descripción del alcance de la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad, en la que se precisarán como mínimo las normas de verificación conforme a las cuales se ha realizado dicha verificación;
c)
incluirá el dictamen a que se refiere el artículo 34, apartado 1, párrafo segundo, letra a bis), de la Directiva 2013/34/UE. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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