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+Artículo 30sexies 1. |
Artículo 30sexies 1.Los Estados miembros se asegurarán de que se establezcan mecanismos eficaces para fomentar la denuncia a las autoridades competentes de las infracciones de la presente Directiva o del Reglamento (UE) no 537/2014.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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