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+Artículo 16 4. |
Artículo 16 4.Las entidades de interés público que satisfagan los criterios establecidos en el artículo 2, apartado 1, letras f) y t), de la Directiva 2003/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (
7
) no estarán obligadas a llevar a cabo el proceso de selección descrito en el apartado 3.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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