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+Artículo 3 2 |
Artículo 3 22. Las entidades declarantes presentarán los datos crediticios con carácter individual de conformidad con los artículos 4 y 6. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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