+Artículo 10 2

Artículo 10 2

2.   El presente Reglamento se aplicará sin perjuicio de los usos actuales o futuros de los datos crediticios permitidos o exigidos conforme a la legislación nacional y de la Unión o los memorandos de entendimiento, incluidos los intercambios transfronterizos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito