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+Artículo 11 2 |
Artículo 11 22. Los BCN establecerán el ámbito de los datos que se deban facilitar, el procedimiento para ofrecer acceso a ellos y las restricciones adicionales de su uso, teniendo en cuenta el marco jurídico nacional y cualesquiera otras limitaciones que tengan que ver con el carácter confidencial de la información. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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