+Artículo 13 3

Artículo 13 3

3.   Los BCN informarán a las entidades declarantes acerca de las obligaciones de información al menos 18 meses antes de la primera fecha de referencia en la que los agentes deben presentar datos en virtud del presente Reglamento, sin perjuicio de cualquier otra obligación de información de conformidad con legislaciones nacionales u otros marcos de presentación de información.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito