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+Artículo 9 1. |
Artículo 9 1.En todos los asuntos que competan al Comité de Estadísticas Monetarias, Financieras y de Balanza de Pagos establecido por la Decisión 2006/856/CE, la Comisión solicitará el dictamen de dicho Comité de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la mencionada Decisión.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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