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+Artículo 44 1. |
Artículo 44 1.Los servicios cualificados de entrega electrónica certificada cumplirán los requisitos siguientes:
a)
ser prestados por uno o más prestadores cualificados de servicios de confianza;
b)
asegurar con un alto nivel de fiabilidad la identificación del remitente;
c)
garantizar la identificación del destinatario antes de la entrega de los datos;
d)
estar protegidos el envío y recepción de datos por una firma electrónica avanzada o un sello electrónico avanzado de un prestador cualificado de servicios de confianza de tal forma que se impida la posibilidad de que se modifiquen los datos sin que se detecte;
e)
indicar claramente al emisor y al destinatario de los datos cualquier modificación de los datos necesarios a efectos del envío o recepción de los datos;
f)
indicar mediante un sello cualificado de tiempo electrónico la fecha y hora de envío, recepción y eventual modificación de los datos. En caso de que los datos se transfieran entre dos o más prestadores cualificados de servicios de confianza, se aplicarán los requisitos establecidos en las letras a) a f) a todos los prestadores cualificados de servicios de confianza. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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